Legislación sobre traducción e interpretación (1 de 3): alrededor del mundo

Debido a la necesidad de comunicación durante la colonización, en Latinoamérica ya a principios del siglo XVI la legislación regulaba ciertos aspectos de la interpretación. La legislación de Ontario reconoció las profesiones de traductor, intérprete y terminólogo en 1989 y permitió el uso de títulos certificados. En Venezuela, se necesita un título universitario y estar inscrito en el Colegio Nacional de Traductores e Intérpretes para ejercer.

Aunque en Alemania existen estudios de traducción e interpretación, al no haber un plan de estudios marcado, la calidad de estos es variable y cualquiera puede usar el título. La Sociedad Francesa de Traductores quiere restringir la práctica de la interpretación jurada a intérpretes cualificados. El Ministerio de Cultura francés también trabaja para crear un marco legal favorable. En otros países, el reconocimiento ni siquiera se plantea.

Es evidente que la consideración de la profesión alrededor del mundo es muy variable. Uno de los principales problemas de la traducción y la interpretación es que a menudo se ve como una actividad sencilla que no requiere más que un nivel medio de dos idiomas. En esta situación de flaco reconocimiento, es de esperar que los derechos de autor no se den por sentados.

Los derechos de autor se reconocen por ley en Finlandia y en Francia desde 1829 y 1957, respectivamente. En Polonia se reconocían en el pasado; pero actualmente, no. Los traductores literarios daneses y los traductores noruegos cobran del estado por el uso de sus traducciones en bibliotecas, mientras que en Italia se espera algún tipo de acuerdo a nivel de la Unión Europea respecto a derechos de traducción.

Sin embargo, la regulación internacional es difícil porque se trata de un mercado muy fragmentado y el cliente termina pagando mal por un trabajo de baja calidad que el traductor debe ejecutar en malas condiciones. Esta situación es posible porque, en los países en los que cualquiera puede ejercer, traductores no profesionales o sin formación aceptan estas condiciones y no solamente impiden los avances del sector, sino que contribuyen a su degeneración.

Vistas desde la catedral de San Pablo de Londres [Vicente Villamón]

Vistas desde la catedral de San Pablo de Londres [Vicente Villamón]

Automatic Trans. «El mercado de la traducción». 2010. [fecha de consulta: octubre 2013]

BAKER, Mona. Routledge Encyclopedia of Translation Studies. Routledge: London, 1998.

Ley del Ejercicio de la Traducción y la Interpretación. Venezuela. [fecha de consulta: octubre 2013]

SUÁREZ, Guillermo R. «Mito o realidad: ¿Es posible aplicar tarifas internacionales de traducción en el Perú?». 2010. [fecha de consulta: octubre 2013]

3 thoughts on “Legislación sobre traducción e interpretación (1 de 3): alrededor del mundo

    • Només diré que havent conegut els meus companys de facultat vaig decidir llegir l’original sempre que en conegués l’idioma i no va ser per qüestions intel·lectualoides.

Què n'opines?

Fill in your details below or click an icon to log in:

WordPress.com Logo

Esteu comentant fent servir el compte WordPress.com. Log Out /  Canvia )

Facebook photo

Esteu comentant fent servir el compte Facebook. Log Out /  Canvia )

S'està connectant a %s

Aquest lloc utilitza Akismet per reduir els comentaris brossa. Apreneu com es processen les dades dels comentaris.